Confusión, incumplimiento y precariedad en atención de casos de violencia sexual

"No podemos involucrarnos y que, aparte de atender pacientes, debamos ir a declarar a los juzgados”, sostiene el presidente del Colegio Médico Departamental de La Paz.

Falta de procedimientos claros, vacíos legales, desencuentros entre médicos clínicos y forenses, insuficiente personal y precariedad en los servicios de atención, son algunos de los problemas con los que tropiezan las víctimas cuando se animan a denunciar algún caso de violencia sexual.

A raíz de la aplicación de la Ley 348 los médicos clínicos deben extender el certificado único para casos de violencia, sin embargo, se niegan a hacerlo argumentando que no es de su competencia hacer este tipo de valoraciones forenses.
Violencia sexual en Bolivia"Nosotros no podemos involucrarnos y que, aparte de atender pacientes, tengamos que estar yendo a declarar a los juzgados o convertirnos en testigos de un acto que ya ha pasado”, argumenta Luis Larrea, presidente del Colegio Médico Departamental de La Paz.

Según Larrea, el médico debe adjuntar pruebas, eso quiere decir que además de atender a la víctima "debe volverse fotógrafo y realizar la denuncia”.

En casos de aborto legal por agresión sexual no están dispuestos a cumplir lo que manda la ley, al menos en el caso de La Paz. "Hay una posición clara que tiene el Colegio Médico, la Ley 348 obliga a ir en contra de la vida y eso es algo que va en contra de nuestros principios como profesionales en salud”, explica.

Fernando Valle Rojas, director nacional del IDIF, informa que desde diciembre de 2014 entró en vigencia el certificado único para casos de violencia, reconoce que a la fecha no se llenó ninguno. Explica que el espíritu de este certificado es el de cubrir la ausencia de médicos forenses en algunas regiones del país.

Al respecto, el presidente del Colegio Médico de La Paz manifiesta que la posición de su gremio es clara: "No llenarán los certificados únicos y tampoco realizarán abortos sin orden judicial”. Remarca que su misión -como profesionales en salud- es preservar la vida y no quitarla.
Valle considera que "los médicos clínicos están entre la espada y la pared debido a que si no realizan la valoración y certificación, de igual manera están incurriendo en el incumplimiento de la Ley 348 y una Resolución Ministerial”.
En La Paz, y demás capitales de departamento, el IDIF brinda atención las 24 horas del día, por tanto, el uso del certificado único no tiene ninguna funcionalidad, señala Valle.

Julio Dalence, forense del IDIF, explica, por su parte, que la dificultad del certificado único es que aún no se definió la ruta crítica a seguir, por ello, sugiere una mayor coordinación entre los ministerios de Justicia y Salud para su implementación.

Vacíos legales
La Ley Integral 348 presenta vacíos legales y procedimentales, entra en contradicción con el Código de Procedimiento Penal, sobre todo cuando anula la Orden Judicial y el Requerimiento Fiscal en la colecta de pruebas y cadena de custodia. "Si las pruebas son tomadas en forma ilícita, es decir, sin orden, el proceso se invalida”, advierte el director del IDIF.

Maritza Jiménez, directora de Fundación La Paz, asegura que se elaboró un documento sobre los vacíos de la Ley 348 que se pretende incorporar en el nuevo Código de Procedimiento Penal.

Ausencia forense
La formación de médicos forenses en Bolivia es escasa y deficitaria afirma Luis Larrea. Argumenta que "hay dictámenes que no tienen la técnica, ni el vocabulario necesario como para interpretar exámenes forenses que emiten nuestros colegas. Nosotros tenemos la documentación del personal que trabaja en el IDIF, por eso, podemos hablar con causa y decir que son profesionales jóvenes que no tienen la experiencia necesaria”.

Según el director nacional del IDIF, la institución cuenta con un centenar de profesionales multidisciplinarios a nivel nacional. La Paz concentra a 15 médicos forenses y 50 funcionarios que realizan peritajes en todas las áreas. Explica que el número de profesionales forenses se triplicó a partir de la vigencia de la Ley 348.

Precariedad
La atención de los servicios de denuncia contra la violencia es aún precaria. En el caso de la FELCV la víctima debe llevar hojas para imprimir su declaración y en la Fiscalía se le pide otra cantidad de hojas para hacer el seguimiento de su proceso.

Los salarios de los profesionales de los servicios municipales son bajos, no suelen pasar de los 3.000 bolivianos y cuentan con contratos eventuales en la mayoría de los casos.

Los investigadores de la FELCV de La Paz deben atender como promedio entre 50 y 60 casos al mismo tiempo; en El Alto llevan hasta 200 casos. Además, tienen 60 días para acumular pruebas, pero deben esperar hasta 15 días para acceder a la cámara Gesell para tomar las declaraciones a la víctima.

Por su parte, Yolanda Herrera, presidenta de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia (APDHB), afirma resignada que pese a las complicaciones en la aplicación de la Ley 348 "es un marco normativo que nosotros saludamos porque a no tener nada se tiene eso. Sin embargo, no hay recursos asignados, no hay personal especializado y formado, no hay atención oportuna y hay un tremendo desgaste y peregrinaje de las mujeres”.

SIPASSE en construcción
"El SIPASSE está en construcción” afirma Rosario Laime, responsable de Planificación, Seguimiento, Monitoreo y Evaluación del Ministerio de Justicia, estima que el sistema entrará en funcionamiento hasta septiembre de 2015.

El SIPASSE estructuralmente forma parte del Ministerio de Justicia y el Viceministerio de Igualdad de Oportunidades, cuyo brazo operativo es la Dirección General de Prevención y Erradicación de la Violencia en razón de Género y Generacional. El SIPASSE es un gran paraguas que debe evaluar, hacer seguimiento y monitoreo sobre el cumplimiento de la ley.

"Este apoyo nos está permitiendo construir el sistema informático que va a arrojar los certificados de no violencia, también indicadores para alimentar el sistema y medir el grado de los 16 tipos de violencia, particularmente el feminicidio”, añade Laime.

Según el artículo 11 de la Ley 348, la información registrada en el SIPASSE será de carácter reservado y derivará al Instituto Nacional de Estadística (INE) para su procesamiento y difusión, en base a indicadores desagregados por edad, sexo y municipio, aspecto que aún no fue consensuado.
El Ministerio de Justicia acaba de presentar el Modelo Integrado de Actuación frente a la Violencia en razón de Género, modelo que si bien forma parte del SIPASSE, se caracteriza por priorizar etapas y no actores.

El nuevo modelo comprende: denuncia, investigación, procesamiento, sanción y reparación; pone énfasis en la reparación del daño y la investigación cuya finalidad es prevenir una futura repetición de los hechos y brindar justicia.

La novedad es que incorpora la perspectiva de género en las investigaciones penales de violencia en razón de género y asume la comprensión del delito en circunstancias y contextos.


El modelo ya fue socializado en La Paz, Santa Cruz, Cochabamba y Tarija, ciudades dónde se viene analizando la pertinencia o no de su aplicación.// Página Siete.bo
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