Medios serán inhabilitados hasta el 2019 si infringen normas electorales

Bolivia Informa

Los medios de comunicación social serán inhabilitados para difundir propaganda las dos próximas campañas electorales, (2014 y 2019), si en las elecciones judiciales de octubre próximo infringen normas electorales, como realizar entrevistas, opinar o participar de manera directa en la promoción de los candidatos.

El Presidente del Tribunal, Wilfredo Ovando dijo que para ese propósito el próximo mes de mayo se abrirá el Registro Biométrico para que los ciudadanos habilitados puedan inscribirse y participar de la elección de Magistrados para el Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Tribunal Constitucional y Consejo de la Magistratura.

Ovando aseguró que el Tribunal difundirá los méritos y el currículum de los candidatos, a través de los medios de comunicación y advirtió que los candidatos que realicen campaña de manera directa, o a través de otras personas, serán sancionados con la inhabilitación.

"Para los medios de comunicación que vulneren las disposiciones también hay sanción, la sanción consiste en que el medio que realice propaganda no podrá difundir propaganda en las dos próximas campañas electorales", precisó.

Una vez que exista la preselección, habrá un período de impugnación para lo cual también se difundirá los nombres de todos los candidatos a nivel nacional, para que la población pueda presentar impugnaciones con la prueba correspondiente. Ovando aclaró que estas restricciones buscan garantizar la constitución de un Órgano Judicial independiente que implica no tener militancia política.

Ovando explicó que en el sector rural se utilizará a través de las radioemisoras, folletos y otros mecanismos que ya fueron planificados para llegar hasta el último boliviano. En octubre se elegirán a nueve magistrados titulares y nueve suplentes, uno por departamento para el Tribunal Supremo de Justicia, ex Corte Nacional Electoral.

Luego se votará también se elegirá a siete magistrados titulares y siete suplentes para el Tribunal Agroambiental, luego a siete titulares y siete suplentes del llamado Consejo de la Magistratura, ex Consejo de la Judicatura y finalmente, a siete magistrados del Tribunal Constitucional. La mitad de los candidatos tienen que ser mujeres.

APLP pedirá audiencia a Morales

El fiscal de la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP), Antonio Vargas, anunció ayer lunes que pedirán una reunión al presidente Evo Morales para solicitarle acceda a reformar algunos artículos de la Ley Electoral porque se prohíbe al ciudadano el derecho a la información, al restringir a los medios a realizar entrevistas directas a los candidatos.

Vargas considera que artículos 82, 83 y 84 de la Ley de Régimen Electoral vulneran gravemente la libertad de expresión, el derecho al acceso a la información, prohibiendo que se forme la opinión pública a partir de la opinión expresa de que los candidatos puedan hacer campaña por ellos mismos y además dar a conocer a la opinión pública sus propuestas respecto de aquello que piensan hacer.

Prohibiciones para candidatos

De acuerdo al Artículo 82 de la Ley de Régimen Electoral, las y los postulantes, desde el momento de su postulación, bajo sanción de inhabilitación, están prohibidos de:

a) Efectuar directa o indirectamente cualquier forma de campaña o propaganda relativa a su postulación, en medios de comunicación radiales, televisivos, escritos o espacios públicos;

b) Manifestar opinión ni tratar temas vinculados directa o indirectamente a su postulación en foros públicos, encuentros u otros de similar índole;

c) Emitir opinión a su favor, o a favor o en contra de otros postulantes, en medios de comunicación radiales, televisivos, escritos o espacios públicos;

d) Dirigir, conducir o participar en programas radiales o televisivos, o mantener espacios informativos o de opinión en medios escritos; o

e) Acceder a entrevistas, por cualquier medio de comunicación, relacionadas con el cargo al que postula.

Prohibiciones para medios

A partir de la convocatoria, los medios de comunicación, bajo sanción y sin perjuicio de su responsabilidad penal, están prohibidos de: a) Difundir documentos distintos a los producidos por el Órgano Electoral, b) Referirse específicamente a una o un postulante, en forma positiva o negativa; c) Generar espacios de opinión de ninguna índole sobre los postulantes; y d) Dar espacios de opinión, conducción o participación en programas a cualquier postulante.

Jornada

_

Publicar un comentario

0 Comentarios