Bolivia: En cinco pasos la ciudadanía podrá depurar del Padrón Electoral a algún familiar fallecido

Entre el 15 de enero y el 23 de marzo, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) abrirá el periodo para que la ciudadanía, siguiendo cinco pasos, coadyuve a la entidad electoral en el trabajo de depuración de un familiar fallecido del Padrón Electoral Biométrico, en el marco del trabajo de saneamiento que realiza en miras de las Elecciones Generales del 3 de mayo.

“Este trabajo lo llevará adelante el Órgano Electoral Plurinacional junto a todo el país; vamos a abrir un espacio para que las personas puedan revisar el Padrón Electoral y si encuentran algún familiar fallecido que aún esté figurando en las listas nos lo hagan conocer”, aseveró el presidente del TSE, Salvador Romero Ballivian.

Para lograr esta depuración, las personas deberán seguir los siguientes pasos:

1. La o el ciudadano debe verificar el estado de registro del familiar fallecido en el Padrón Electoral, a través del sitio web https://yoparticipo.oep.org.bo/

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2. De corroborar que su familiar aún continúa habilitado en el Padrón Electoral, el ciudadano podrá descargar el Formulario de Declaración jurada de familiares para depuración de fallecidos en el Padrón Electoral que se encuentra disponible en el sitio web https://www.oep.org.bo/.


3. El declarante deberá completar los datos que le solicitan en el Formulario de Declaración Jurada y adjuntar la fotocopia cédula de identidad del difunto o cualquier otro documento solicitado en el formulario.

4. El Formulario de Declaración Jurada deberá ser presentado en cualquiera de las nueve direcciones departamentales o regionales del Servicio de Registro Cívico (Serecí) así como en las Oficialías de Registro Civil, por un familiar hasta el cuarto grado de consanguineidad o segundo de afinidad, quien deberá estar debidamente registrado en el Padrón Electoral Biométrico y deberá adjuntar una fotocopia de su cédula de identidad original y vigente.

5. La depuración de difuntos del Padrón Electoral, que utilice como fuente de información la declaración jurada, procederá siempre y cuando la información vertida del ciudadano difunto coincida de manera unívoca con el registro electoral vigente.

Para la recepción del Formulario de Declaración Jurada, el Serecí departamental y las oficinas regionales, así como las Oficialías de Registro Civil, habilitarán ventanillas especiales, desde donde, diariamente, se remitirán los formularios a la Dirección Nacional del Serecí.// Fuente Directa

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