Entre el 1 de enero y el 10 de diciembre de 2015, en Bolivia han sido verificados 93 feminicidios que son
procesados legalmente ante la justicia ordinaria, reveló a este diario el fiscal
general del Estado, Ramiro Guerrero.
De las 93 causas por el delito de feminicidio, 28 están en la
etapa preliminar de la investigación, 2 ya tienen resolución de rechazo, 39
cuentan con una imputación formal en contra de los presuntos feminicidas, 1
sobreseimiento, 3 con acusación formal, 14 procedimientos abreviados (los
feminicidas confesaron sus delitos y se acogieron a un juicio abreviado), 3 con
acusación formal, a la espera de la fecha de juicio ordinario y 3 causas ya
tienen sentencia condenatoria.
INCREMENTO DEL 20 por ciento En un cuadro
comparativo de los registros del Ministerio Público, es posible corroborar que
los feminicidios aumentaron este año en un 20 por ciento con respecto a los
investigados en 2014, que alcanzaron a 77.
Estas cifras difieren de las presentadas por otras
instituciones como el Defensor del Pueblo, el Centro de Información y Desarrollo
de la Mujer (CIDEM), el Observatorio Manuela y otras, en cuyas estadísticas el
número de mujeres asesinadas por el machismo supera a las 93 reportadas por la
Fiscalía.
Al respecto, el Fiscal General del Estado, Ramiro Guerrero,
explicó que las cifras de esa instancia son oficiales pues engloban las causas
abiertas ante la justicia ordinaria.
EVALUACIÓN Han pasado dos años y casi 9 meses
desde la implementación de la Ley 348 en Bolivia. En este lapso, la Fiscalía ha
abierto 197 causas por feminicidio, de las cuales 49 están en la etapa
preliminar de la investigación, 7 tienen resolución de rechazo, 53 tienen
imputación formal, hay 4 sobreseimientos, 39 tienen acusación formal, 24
procedimientos abreviados con sentencia condenatoria y 16 obtuvieron sentencias
en juicios ordinarios.
LO POSITIVO La autoridad cree que la Ley 348, que garantiza a
las mujeres una vida libre de violencia, ha ido visibilizando una realidad que
el país vivía desde hace décadas, pero que estaba escondida detrás de tipos
penales genéricos.
Antes de la aprobación de la Ley 348, cuando un hombre
asesinaba a su esposa o pareja, argumentaba infidelidad, celos, traiciones y
justificaba su delito diciendo que fue cometido “en defensa de su honor”.
Entonces era procesado ante la justicia por el delito de homicidio en emoción
violenta y se beneficiaba con una sentencia de entre 4 y 6 años de cárcel, de
los cuales solo cumplía la mitad por buena conducta y otras bondades de las
leyes.
“El feminicidio no era un tipo penal entonces y por ende, era invisible. Viendo las estadísticas así, en el cuadro comparativo, pareciera que los feminicidios se incrementaron, pero creo que lo que está pasando es que este flagelo se está haciendo cada año más visible”, opinó Guerrero.
La violencia basada en género es una realidad que alimenta de
prejuicios a la sociedad, que destruye familias y hay que enfrentarla
integralmente desde todos los frentes, en Bolivia.
Desde la Fiscalía General del Estado, se están efectuando los
esfuerzos para mejorar la atención a las víctimas de violencia. “Estamos
desarrollando manuales, protocolos de actuaciones en todas las instancias para
uniformar criterios”, amplió.
Ramiro Guerrero sostuvo que los operadores de justicia deben
mejorar la atención a sectores tan vulnerables como las mujeres, niños, niñas y
adolescentes víctimas. “No podemos volvernos insensibles, si la víctima acude a
Fiscalía, hay que entender que tomar la decisión de denunciar le ha costado
mucho y debemos proteger, debemos representar a esa gente, no podemos decirle
vuelva otro día”.
La máxima autoridad del Ministerio Público dice que las
víctimas de violencia, al solo ser escuchadas con empatía, desarrollan confianza
en torno al rol que deben cumplir los investigadores y pueden colaborar mucho
más con las pesquisas.
LA PREVENCIÓN La visibilización de la
violencia basada en género, que termina en feminicidios y otros delitos, seguirá
arrojando cifras ascendentes si no se previene.
“Hay que trabajar mucho en las familias, en la escuela, en la
universidad, en todo ámbito. Todos los tipos de violencia se dan especialmente
en los hogares y es necesario reeducarnos, transformar el pensamiento y por
tanto las acciones”, señaló el Fiscal General, quien aclaró que si bien las
tareas preventivas no le corresponden al Ministerio Público (que está encargado
de perseguir penalmente el delito), “en la institución todos estamos dispuestos
a trabajar y coadyuvar en la parte preventiva porque ello ayudará en la
disminución de casos”.
Más datos
197 feminicidios en dos años y 9 meses
La Ley 348, que garantiza a las mujeres una vida libre de
violencia fue promulgada en marzo de 2013 y en abril comenzó a ser aplicada.
Desde entonces, en 2 años y casi 9 meses, la Fiscalía General del Estado ha
procesado 197 causas por feminicidio en Bolivia.
Estado de las 197 causas
49 causas en etapa preliminar de investigación, 7 tienen
resolución de rechazo, 53 tienen imputación formal, 4 sobreseimientos, 24
procedimientos abreviados, 39 con acusación formal y 16 tienen sentencia.
26 causas en 2013
La Fiscalía General del Estado procesó legalmente 26 casos de
feminicidios en 2013. Empero, esta cifra no refleja cuántas mujeres fueron
asesinadas por la violencia machista ese año, pues luego de la aprobación de la
Ley 348, muchos fiscales seguían tipificando los feminicidios como asesinatos u
homicidios (por desconocimiento de la norma), lo que invisibilizaba el problema
real.
“Que no queden impunes”
Consultada sobre la diferencia entre las cifras de
feminicidios que varias instituciones reportan en 2015, la directora de la
Oficina Jurídica para la Mujer de Cochabamba, Julieta Montaño, dijo que ésta
puede deberse a que los asesinatos de mujeres son muchas veces difundidos en los
medios de comunicación como feminicidios, pero en el transcurso de las
investigaciones, la calificación inicial puede cambiar porque las pesquisas
revelaron que se trataba de un asesinato.
“El feminicidio tiene su propia tipología y debe cumplir ciertos requisitos para ser considerado como tal”, describió Montaño.
También es posible que algunos fiscales no tengan la experticia
para identificar los elementos constitutivos del feminicidio y, por ello,
prefieran imputar por otros delitos.
“Llámese como se llame, lo importante es que los asesinatos de
mujeres no queden en la impunidad”, aseguró la abogada experta en temas de
violencia. Es vital que los casos sean esclarecidos y sancionados, porque “que
se abra una causa no es garantia de que va a concluir con una sentencia”,
advirtió.
En Cochabamba, 28 mujeres han sido asesinadas por la violencia
machista y ya hay 7 casos con sentencia
Las estadísticas de la Fiscalía General del Estado, muestran
que este año, Cochabambalidera, tristemente, el número de feminicidios en el
país.
En la Llajta, entre el 1 de enero y el 10 de diciembre de este
año, 28 mujeres fueron asesinadas, la mayoría por sus esposos o exparejas. El
fiscal general del Estado, Ramiro Guerrero, informó que de estas 28 causas, 3
están en etapa de investigación preliminar, 1 tiene resolución de rechazo, 15 ya
tienen imputación formal, en 2 casos ya se presentó acusación formal y se espera
fecha de juicio y en 7 casos, los feminicidas confesaron sus delitos, admitieron
su culpa y se acogieron al procedimiento abreviado obteniendo sentencias
condenatorias de 30 años de cárcel.
Este año, la Fiscalía avanzó más que en 2014, cuando solo hubo
11 acusaciones formales, 2 sentencias condenatorias en juicio ordinario, 1
procedimiento abreviado y 1 resolución de rechazo.
En La Paz y El Alto hubo un total de 27 feminicidios este año.
Es el segundo departamento más violento con las mujeres. Allí también aumentó la
violencia, pues según las estadísticas del Ministerio Público, en 2014 hubo 22
feminicidios.
De los 27 casos registrados en 2015 en la sede de Gobierno, 12
están en etapa preliminar de la investigación, 11 tienen imputación formal, 1
tiene sentencia en procedimiento abreviado, 1 tiene acusación formal y 2 tienen
sentencia condenatoria en juicio ordinario.
En Santa Cruz, este año hubo 14 feminicidios, tres menos que en
2014, cuando se reportaron 17.
De las 14 causas abiertas este año, 3 están en etapa preliminar
de la investigación, 7 tienen imputación formal, 1 sobreseimiento y 3 tienen
sentencia en procedimiento abreviado.
En el resto del país, las cifras son inferiores. En Chuquisaca
este año se registraron 6 casos, uno menos que en 2014, cuando la Fiscalía
investigó 7.
En Beni hubo dos casos, uno más que en 2014 y ambos están con
imputación formal.
En Pando no hubo ni un feminicidio, según el informe de la
Fiscalía, aunque en 2014 se reportaron 2. Uno fue rechazado y el otro ya tiene
sentencia en procedimiento abreviado.
En Oruro, este año fueron abiertas 6 causas por feminicidio y
en 2014 habían 7. De las de este año, 3 están en etapa de investigación
preliminar, 1 tiene sentencia por juicio abreviado y 2 tienen acusación formal.
En Potosí, hubo 4 feminicidios en 2015. Uno más que en 2013. Uno está en etapa
de pesquisa, 1 tiene resolución de rechazo, 1 tiene imputación formal y 1
sentencia en juicio ordinario. En Tarija hubo 6 feminicidios, 3 más que en 2014.
Cinco están en etapa de investigación preliminar.
¿Cuándo es feminicidio? Lo que dice la Ley 348 sobre
el tipo penal
El feminicidio es el asesinato de una mujer por el desprecio a
su condición de mujer o por desafiar los roles establecidos por una sociedad
patriarcal que la ve como un ser inferior, por haber nacido mujer.
¿Cuándo es feminicidio? El artículo 252 bis del Código Penal
sanciona con 30 años de cárcel, sin derecho a indulto, a quien mate a una mujer
en estas circunstancias:
* Cuando el autor sea o haya sido cónyuge o pareja de la
víctima.
* Cuando la víctima se haya negado a tener una relación
sentimental con el autor.
* Cuando la matan por estar embarazada.
* Cuando es asesinada por su jefe o una persona de la cual
depende.
* Cuando ella está en situación de vulnerabilidad.
* Cuando antes del crimen la mujer fue víctima de otros tipos
de violencia del mismo agresor.
* Cuando la muerte está precedida de una violación sexual.
* Cuando se relacione con delitos de trata y tráfico o sea
fruto de ritos, desafíos grupales y prácticas culturales.
LA CONSTITUCIÓN La Constitución Política del
Estado Plurinacional de Bolivia asume principios relacionados a la igualdad, la
equidad y la no discriminación a través de más de 30 artículos. Por ejemplo, el
artículo 15, parágrafo II, señala que “Todas las personas, en particular las
mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual, psicológica, tanto
en la familia como en la sociedad”.
La Carta Magna y otras leyes bolivianas pretenden que los
ciudadanos entiendan que la problemática de la violencia contra las mujeres no
es un asunto de mujeres, sino un problema social de clara violación a los
derechos humanos que afecta a la sociedad en su conjunto. Los hechos de
violencia basados en género no constituyen episodios aislados, son el resultado
lógico de una estructura social económica, política y cultural patriarcal que
los permite y los fomenta.// Opinión.com.bo
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