UD es sancionada por emitir encuesta y el TSE debe decidir si la anula de las elecciones #BoliviaVota

El Tribunal Electoral del Beni decidió sancionar a la alianza Unidad Demócrata (UD) y a tres medios de esa región por la difusión de encuestas electorales no autorizadas. Solicitó que el Tribunal Supremo Electoral defina si la personería jurídica de esa organización política se suspende o sigue en vigencia para los comicios regionales del 29 de marzo.

El lunes, el jefe de campaña de Suárez y actual gobernador del Beni, Carmelo Lens, difundió una encuesta  que su organización política realizó.  Los resultados fueron presentados en una conferencia de prensa. De acuerdo a los datos, la UD le lleva la delantera en la intención de voto al gubernamental Movimiento AL Socialismo (MAS) que postula a Alex Ferrier.

Elecciones subnacionales 2015Normas electorales

El inciso c) del Artículo 135, la Ley del Régimen Electoral prohíbe la difusión de estudios de opinión en materia electoral cuando “Hayan sido encargados, financiados o realizados por organizaciones políticas, candidaturas, misiones nacionales o internacionales de acompañamiento electoral y organismos internacionales”.

El parágrafo III del Artículo 136 referido a “Sanciones” establece que “las organizaciones políticas que difundan resultados de estudios de opinión en materia electoral, por cualquier medio, serán sancionadas por el Órgano Electoral Plurinacional con la cancelación inmediata de su personalidad jurídica”.

De acuerdo a la resolución emitida por el Tribunal Departamental del Beni la UD debe pagar una multa pecuniaria de Bs 8.588 y los medios Unitel, La Palabra del Beni y el semanario Mamoré deben cancelar la suma de 50 salarios mínimos nacionales por difundir los datos de ese estudio de opinión.

"La demanda fue aprobada por unanimidad", informó el presidente del Tribunal Electoral Departamental del Beni, Carlos Ortiz.

Sobre la personería

El Tribunal Electoral del Beni se limitó a tratar solamente las sanciones pecuniarias y envió el caso a La Paz para que el Tribunal Supremo Electoral defina si la personería jurídica de la alianza Unidad Demócrata se anula.

Con ese objetivo decidió “Remitir al tribunal Supremo Electoral todos los antecedentes del presente caso a efectos de que este alto tribunal se pronuncie sobre la sanción determinada en el artículo 186 parágrafo 3 de la Ley 026 de Régimen Electoral, a las organizaciones políticas referidas a la cancelación de su personería jurídica, al no ser competencia de este tribunal por los argumentos manifestados en la parte considerativa de la presente resolución”.// Oxígeno (BO)

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