La Cámara de Diputados aprobó y sancionó anoche, por mayoría absoluta, el nuevo Código Niño, Niña, Adolescente. La norma permite el trabajo infantil desde los diez años, reduce la edad de imputabilidad a 14 años y tipifica el infanticidio, que es penalizado con 30 años de prisión.
La norma fue remitida al Ejecutivo, después de que Diputados aprobó las modificaciones realizadas por el Senado, informó un boletín de la Dirección de Prensa de la Cámara de Diputados.
Una de las principales modificaciones de la norma es que autoriza el trabajo infantil desde los diez años, pero en labores por cuenta propia y con autorización de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia. La edad mínima para el laburo dependiente fue establecida en 12 años, pero igual bajo supervisión de las defensorías municipales.
Otra modificación a la normativa infantil fue la reducción de los años mínimos para ser imputable, de 16 a 14 años. El presidente de Diputados, Marcelo Elío, argumentó que esta decisión fue asumida porque hay una tendencia internacional y nacional a que los delitos se cometan cada vez más a menor edad.
Elío destacó como uno de los beneficios del nuevo código la incorporación de la figura del infanticidio, con una pena máxima de 30 años de prisión, sin derecho a indulto. Esta pena podría caer sobre aquellos que acaben con la vida de menores de edad desde su nacimiento hasta los 12 años.
También se hizo cambios a los procesos de adopción de menores de edad, los cuales fueron acelerados. Los niños con discapacidad fueron protegidos con la nueva norma, que estableció sus derechos de protección, educación y a la salud. La norma fue remitida al Ejecutivo para que sea promulgada.
Norma con consenso
Evaluación
Según el presidente de Diputados, Marcelo Elío, el nuevo código fue consensuado con 300 instituciones, entre ellas con la de los menores trabajadores.// La Razón (COM)
Diputados sancionan Código de Niña, Niño y Adolescente
La Cámara de Diputados sancionó la noche de ayer miércoles el proyecto de Ley 321 Código Niña, Niño y Adolescente, que garantiza a los menores el ejercicio pleno y efectivo de sus derechos, para su desarrollo integral y el cumplimiento de sus deberes.
Esa norma, por mayoría absoluta, fue remitida al Órgano Ejecutivo para su promulgación.
La Ley 321, que fue derivada del Senado con modificaciones tras un consenso entre las partes interesadas, se aplicará a niñas y niños desde su concepción hasta los 12 años cumplidos y a adolescentes desde los 12 a 18 años cumplidos.
Establece los derechos de los menores en situación de discapacidad física, cognitiva, psíquica o sensorial. En estos casos, la familia, la sociedad y el Estado, en todos sus niveles, deberán garantizar medios y recursos para la detección temprana en los primeros años de vida y el correspondiente apoyo de estimulación y cuidado de su salud.
Dentro de las modificaciones se incluyen también obligaciones en el proceso de adopción, velando por el interés superior de la niña, niño o adolescente, debiendo los servidores públicos y personal de instituciones privadas actuar con celeridad, integridad ética y sin discriminación alguna.
Además, señala que los menores tienen derecho a estar protegidos por el Estado en todos sus niveles, sus familias y la sociedad, en especial contra la explotación económica y el desempeño de cualquier actividad laboral o trabajo que pueda entorpecer su educación, que implique peligro, que sea insalubre o atentatorio a su dignidad y desarrollo integral.
También fija como edad mínima para trabajar los 14 años de edad y excepcionalmente las Defensorías de la Niñez y Adolescencia podrán autorizar la actividad laboral por cuenta propia realizada por niñas, niños o adolescentes de 10 a 14 años, y la actividad laboral por cuenta ajena de adolescentes de 12 a 14 años, siempre que ésta no menoscabe su derecho a la educación.
El Estado, en todos sus niveles, garantizará el ejercicio o desempeño laboral de adolescentes mayores de 14 años, con los mismos derechos que gozan las y los trabajadores adultos.
Por otra parte, el Código establece que el o la adolescente que incurra en la comisión de conductas punibles tipificadas como delitos en el Código Penal y en leyes especiales, responderá por el hecho de forma diferenciada del adulto.
Serán imputables los adolescentes a partir de 14 años y menores de 18 años, sindicados por la comisión de hechos tipificados como delitos. La responsabilidad penal de la o el adolescente será atenuada en cuatro quintas partes respecto del máximo penal correspondiente al delito establecido en la norma penal.// Jornada net (COM)
Código fija sanción socioeducativa para los adolescentes imputados
La sanción para los adolescentes imputados, entre 14 y 18 años, tendrá un carácter socioeducativo, pues no irán a la cárcel como los adultos sino a centros especializados que serán construidos por alcaldías y gobernaciones hasta 2015, según el nuevo Código de Niñez y Adolescencia.
“Si un adolescente, de 14 a 18 años, comete cualquier delito recibirá una sanción del juez público en materia de Niñez y Adolescencia. Pero ésta no será como para un adulto, no se lo remitirá a una cárcel, sino a un centro especializado para que se forme en algún oficio y se reinserte a la sociedad cuando salga; entonces la sanción será socioeducativa”, explicó Rodolfo Calle, presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados.
El nuevo Código Niño, Niña y Adolescente disminuye la edad para la imputabilidad, de 16 a 14 años. Calle arguyó que este cambio responde a la sociedad actual, en la que se percibe mayor delincuencia y a más corta edad. “En La Paz, por ejemplo, hay 800 pandillas y en la mayoría los líderes son gente adulta, pero utilizan a los menores para delinquir aprovechando que son inimputables”, agregó.
El código también establece que los centros especializados de adolescentes serán responsabilidad, tanto en infraestructura como en la contratación y capacitación del personal, de alcaldías y gobernaciones, que deberán instalarlas hasta agosto de 2015. Este medio intentó comunicarse con algún directivo de la Federación de Asociaciones Municipales (FAM), pero no hubo respuesta.
No obstante, el defensor del Pueblo, Rolando Villena, sostuvo que disminuir la edad de imputabilidad es “un atentado” a los derechos humanos de adolescentes, y que solo pretende “disfrazar la intención de criminalizar a los adolescentes desde los 14 años”. Calle insistió en que las sanciones serán “socioeducativas” y que llegará solo a adolescentes inmersos en un ambiente delincuencial. “A los 14 años ya se sabe qué es el bien y qué es el mal”.
Villena solicitó a la Asamblea Legislativa modificar este aspecto y realizar un amplio debate nacional para hallar una solución a la delincuencia juvenil. Sin embargo, el legislador informó que el nuevo código ya fue remitido al Ejecutivo para su promulgación en la siguiente semana. Pero su vigencia, según disposición transitoria, será desde 2015.
Contenido de Artículo 267
La imputabilidad se aplica a adolescentes a partir de los 14 años y menores de 18, sindicados por hechos de delito.
Procesarán a jueces que no den sentencia en 8 meses
Los jueces especializados en materia de Niñez y Adolescencia deben resolver los casos de menores imputados en un máximo de ocho meses; caso contrario, enfrentarán procesos disciplinarios, según el nuevo Código Niño, Niña y Adolescentes.
“El código dice que los procesos en el caso de adolescentes durará máximo ocho meses, y si transcurre más tiempo, la autoridad judicial tendrá que enfrentar un proceso disciplinario”, indicó el presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, Rodolfo Calle.
La nueva ley establece la creación de nuevos juzgados públicos en materia de Niñez y Adolescencia, y la incorporación de jueces capacitados en la temática, todo bajo responsabilidad del Consejo de la Magistratura. Tanto los juzgados como los jueces deben estar en funcionamiento a partir del 6 de agosto de 2015, según el código.
Opiniones sobre los cambios en la edad
Rolando Villena: Defensor del Pueblo
Disminuir la imputabilidad tiende a privilegiar el enfoque punitivo para enfrentar el problema de la inseguridad ciudadana en desigualdad de condiciones. Por ello se estaría convirtiendo en un análisis de política criminal como sinónimo de política de seguridad.
Jhenny Miranda: Representante de los niños trabajadores
Estamos un poco molestos por la reducción de la edad para la imputabilidad, porque creemos que vulnera los derechos de adolescentes, debería quedarse en los 16 años. Nos reuniremos en Llallagua (Potosí) el fin de semana para analizar el nuevo código.
Julia Velasco: Miembro de Agencia de Derechos de Infancia
Tenemos a familias disgregadas, monoparentales y niños huérfanos que por mantener a sus hermanos menores se dedican al robo. Ellos deben hacer el papel de padres y madres y no me parece que la solución para esos menores sea la imputabilidad.// La Razón (COM)
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