Tribunal Constitucional da vía libre a reelección de Evo en 2014

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró que es constitucional la reelección del presidente Evo Morales y del vicepresidente Álvaro García Linera. El fallo da vía libre a que ambos busquen un tercer mandato en las elecciones presidenciales de diciembre de 2014.

La resolución constitucional respalda la postulación de Morales y García Linera, por considerar que el actual mandato, que comenzó en 2009, cuenta como primero del Estado Plurinacional, refundado ese año.

Esta resolución fue rechazada por juristas, líderes políticos de oposición y dirigentes de algunos sectores sociales, por considerarla “inaceptable” y el Tribunal Constitucional fue duramente cuestionado por su “dependencia” y “subordinación” al Ejecutivo. Mientras, en el MAS celebraron la decisión y dijeron en ningún momento dudaron de la habilitación de Morales a la reelección.

El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Ruddy Flores, informó ayer en una rueda de prensa que esa instancia jurisdiccional falló a favor de la postulación de Morales, en respuesta a la consulta, remitida por el Senado, sobre la aplicación normativa de cinco preceptos establecidos en la Constitución Política del Estado (CPE) vigente, entre ellos la reelección presidencial, para “su correcto ámbito de validez”.

Elecciones presidenciales Bolivia 2014La sentencia respalda la postulación de Morales y García Linera, por considerar que el actual mandato que comenzaron el 22 de enero de 2010 cuenta como primero del Estado Plurinacional, tras la refundación del país en 2009 con la promulgación de una nueva CPE.

“Se ha realizado la refundación del Estado como un Estado Plurinacional y esa refundación emerge de un poder constituyente que ha generado una nueva Constitución Política del Estado que contempla un nuevo orden que contiene la aplicación de la Constitución”, argumentó Flores en la rueda de prensa.

La Constitución limita a dos los mandatos consecutivos que puede ejercer un presidente en Bolivia, pero Morales siempre ha defendido que el primero de sus gobiernos (2006-2010) no es computable debido a que tuvo lugar antes de la refundación del país y a que no completó el periodo legal de cinco años.

Con este argumento, y a pesar de que nunca ha confirmado que será candidato, el presidente Morales ha llegado a asegurar que la consulta al Tribunal Constitucional era innecesaria y ha aceptado en numerosas ocasiones ser proclamado por sus seguidores.

Morales accedió por primera vez al poder el 22 de enero de 2006 y fue reelegido para un segundo periodo (2010-2015).

El Tribunal Constitucional señaló que la Carta Magna, promulgada por Morales en 2009, funda “una nueva era jurídico-política” por lo que se concluye que es “absolutamente razonable y acorde con la Constitución” el que se compute desde ese año el primer Gobierno.

La oposición insiste en que una disposición transitoria de la Constitución limitaba a dos los gobiernos, y en que Morales se comprometió en 2008, como él mismo comunicó en un discurso a la multitud concentrada en la plaza Murillo en ese entonces, a no buscar un nuevo mandato en el marco de unos pactos para hacer posible la aprobación de la CPE .

Esa disposición transitoria señala textualmente que “los mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de los nuevos periodos de funciones”.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional sostiene que se inauguró una nueva era jurídica.

En su cuenta de Twitter, el expresidente Carlos Mesa (2003-2005) calificó de “jurídicamente inaceptable” el “sí” a la nueva postulación de Morales.

Mesa cuestionó la decisión del TC de que el primer mandato de Morales no sea computable a efectos electorales, pero que en cambio sí sigan vigentes leyes anteriores a 2009 a pesar de esa “refundación”.

“Descubrimos ahora que hay partes de la Constitución Política que son parte del Estado ‘Refundado’ y partes del Estado ‘desechado’. Es increíble”, opinó.

El senador del MAS, René Martínez, redactor del proyecto de ley que fue en consulta saludó la decisión del Tribunal Constitucional. “A mí no me sorprende y estábamos plenamente convencidos de que un nuevo mandato del presidente Morales obedece a una disposición de ley, tiene respaldo constitucional”.

“Hay una suerte de distorsiones, de una oposición que está intentando distorsionar esta respuesta, señalando que hay modificación constitucional, cuando es pura desesperación en la forma de entender los conceptos doctrinarios”, dijo el senador.

Fundamentos del fallo

Respecto a la consulta remitida por el Senado, referida a la reelección, el fallo del Tribunal Constitucional argumenta que la norma en análisis precisa que el nuevo orden es diferente al pre-existente, el nuevo orden implica una nueva era jurídico-política basada en la refundación del Estado, por ello se concluye que es absolutamente razonable y acorde con la Constitución, realizar el cómputo del plazo para el ejercicio de funciones tanto del Presidente como del Vicepresidente del Estado Plurinacional, desde el momento en el cual la función constituyente refundó el Estado y por ende creó un nuevo orden jurídico-político.

“De acuerdo a una interpretación teleológica, se tiene que la función pública ejercida por servidores públicos, que después del 22 de enero de 2010 hubieren continuado en el ejercicio de sus cargos sin nueva elección (como establece) el contenido del Art. 4.II del proyecto de Ley de Aplicación Normativa, no sólo es razonable y coherente, sino también compatible con el orden constitucional vigente”, señala el fallo constitucional.

Fallo del TC

* El Tribunal Constitucional en su fallo, respecto a la consulta remitida por el Senado, declaró:

1º La CONSTITUCIONALIDAD de los arts. 1, 2, 3 y 4 del proyecto de “Ley de Aplicación Normativa”.

2º La INCONSTITUCIONALIDAD del art. 5 del proyecto de Ley.

3º La CONSTITUCIONALIDAD condicionada del art. 6.

* En el proyecto de ley de Aplicación normativa se consultó sobre la aplicación normativa de cinco preceptos constitucionales: (Art.2) sobre el ejercicio del control administrativo, si corresponde al Consejo de la Magistratura, (Art.3) Reelección de Presidente y Vicepresidente del Estado (Ar,4) elección del Contralor General del Estado, (Art.5) Presupuesto General del Estado y (Art.6) la obligatoriedad de denunciar tratados internacionales anteriores a la Constitución.

DORIA MEDINA

Fundamento del TCP “es un absurdo”

El Tribunal Constitucional está en contra de la Constitución y al margen de las leyes del país. Había un camino para que el presidente (Evo) Morales busque la reelección y pueda volver a Palacio de Gobierno el 2015, pero ha preferido entrar por la ventana y no por la puerta, porque el camino que establece la Constitución es el de su reforma y del referéndum.

Lo que queda es construir un proyecto de unidad para generar una alternativa victoriosa el 2014 y pueda restablecerse la Constitución y las leyes. Es un absurdo, está claro que el Tribunal fue elegido con esa tarea para lograr ese fallo, porque esa disposición transitoria es absolutamente clara.

JUAN DEL GRANADO

Decisión “inmoral” e “ilegítima”

No nos sorprende esta decisión del TC, la habíamos anunciado, la habíamos previsto. Teníamos la certeza del que el Tribunal Constitucional iba a someterse a esta ilegal, inconstitucional, ilegítima e inmoral decisión de Evo Morales y del MAS de ir a una tercera postulación presidencial en contra de la Constitución.

Lamentamos que esto haya ocurrido no solamente por la institucionalidad democrática del país, sino por la debacle que esto va a producir. Se trata de un Tribunal que ha abdicado de sus funciones y, por tanto, no tiene sentido de que permanezca como tal con su actuales personeros, seguramente el país va a exigir que estos magistrados renuncien a sus cargo.// Los Tiempos

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