Excluyen Artículo 15 de la Ley que protege a niños y adolescentes

Se elimina polémico artículo

El MAS decidió zanjar la polémica y eliminar el Artículo 15 de la Ley de Protección al Menor que modifica el Código Penal.

La Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) excluyó el Artículo 15 de la Ley de Protección Legal del Niño, Niña y Adolescente, que endurece penas y sanciones a delitos cometidos en contra de menores de edad.

"Vamos a proceder a votar (...) consideran las observaciones del Presidente en ejercicio del Estado sírvanse a levantar la mano (...) mayoría Presidente (...) Aprobado", de esta forma se ratificó la Ley de reformas al Código Penal para la protección de menores, tal como el propio Presidente en ejercicio del Estado, Álvaro García Linera, sugiriera hace dos días, al pedir que se elimine el Artículo en cuestión, que desató una polémica en el país.

Asimismo, el Presidente de la Cámara Baja, Héctor Arce, aclaró que se introdujo el Artículo 308 Bis momentáneamente para evitar tergiversaciones y manipulación de un elemento sensible para la sociedad, como es el la violencia física, mental o verbal, a un menor.

"Lo que se hizo es aprobar una norma en beneficio de los niños que contiene 26 de las 27 reformas beneficiosas, que en principio planteamos, (busca) librarlos de toda violencia física psicológica y moral. Ese Artículo (308) estará así unos meses más, hasta que se plantee un nuevo proyecto de Código Penal para iniciar un amplio debate como manda la Ley del Órgano Judicial", precisó Arce.

La versión fue corroborada por la Diputada del Movimiento Al Socialismo (MAS), Cecilia Ayllón, quien previamente a la aprobación había dicho que el Artículo 15 será eliminado y que quedará sólo el 308 Bis, introducido por la Ley 2233 de octubre de 1999 y ejecutada a partir del segundo Gobierno del extinto general Hugo Banzer Suárez.

Isaac Ávalos, Senador y jefe de bancada del MAS, celebró la aprobación de la norma, asegurando que ya se debatió suficiente sobre la misma, por lo que espera una rápida promulgación por parte del Presidente Evo Morales.

Por su parte, el Senador oficialista Eugenio Rojas, al afirmar que el Artículo 308 se queda tal y como está, manifestó que si la Iglesia Católica tiene objeciones debía reclamar al difunto ex Presidente Banzer.

"Eso que reclame la iglesia a quien era su compadre Banzer, que reclame pues la Iglesia que habla de violación, que hable con Banzer. Nosotros asumimos el compromiso como Asamblea de que vamos a cambiar el Código Penal pero necesitamos tiempo para esto, la intensión de la modificación era buena, pero la oposición ha utilizado", afirmó.

Artículo 15

(Modificación al Artículo 308 del Código Penal). Modificase el Artículo 308 Bis. del Código Penal, en la forma siguiente: "Artículo 308 Bis. (Violación de Niña, Niño o Adolescente).

Quien tuviera acceso carnal con persona de uno u otro sexo menor de catorce años, penetración anal o vaginal o introdujera objetos con fines libidinosos, será sancionado con privación de libertad de veinte a veinticinco años, sin derecho a indulto incluso sin que se haya hecho uso de la fuerza física o intimidación y se alegue consentimiento.

Quedan exentas de esta sanción las relaciones consensuadas entre adolescentes mayores de doce años, siempre que no exista diferencia de edad mayor de tres (3) años, entre ambos, y no se haya producido violencia ni intimidación".

Jornada

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