El Servicio Nacional del Sistema de Reparto es una institución que tiene una importancia vital en la seguridad social de nuestro país. El Estado boliviano mediante la Dirección General Ejecutiva, está invirtiendo esfuerzo y trabajo para modernizar y optimizar el SENASIR con el objetivo de servir con calidez y calidad. La tarea encomendada es ardua y de gran responsabilidad, pero asumimos el reto con dedicación y profesionalismo. Con este nuevo portal queremos reflejar el cambio de la Institución, e introducirnos en las nuevas tecnologías de información y servicio mediante una adecuada vertebración social para ofrecer un óptimo servicio.
MISIÓN
“OTORGAR PRESTACIONES DEL SISTEMA DE
REPARTO Y RECONOCER APORTES PARA LA
COMPENSACIÓN DE COTIZACIONES”
VISIÓN
“INSTITUCIÓN MODERNA, TRANSPARENTE, EFICIENTE,
CON COMPROMISO SOCIAL QUE RECONOCE Y
GARANTIZA LOS DERECHOS DE LOS ASEGURADOS
PARA UNA VEJEZ DIGNA”
OBJETIVOS INSTITUCIONALES
1. Cumplir eficaz y eficientemente con lo sustantivo del mandato legal del SENASIR. ampliando la población de asegurados de la Compensación de Cotizaciones, incrementando el número de empresas fiscalizadas, realizando un control eficiente de la cartera de pagos de los aportes devengados a la seguridad de largo plazo del Sistema de Reparto, mejorando en los beneficiarios el conocimiento de las modalidades de pago de rentas y realizando la actualización del Manual de Prestaciones.
2. Consolidar la imagen del SENASIR como institución eficaz, eficiente con infraestructura institucional moderna en beneficio de la población usuaria de los servicios que brinda.
3. Promover una gestión transparente, libre de corrupción, garantizando el cumplimiento de la normativa y control interno adecuado.
3 Comentarios
Solicito información sobre el decreto supremo 29138. Muchas gracias
ResponderEliminarMe puede decir el Art. 35 y 38 del manual del sistema de reparto referido al aumento de renta de viudedad cuando una queda con 1 o 2 hijos
ResponderEliminarcossmil niega el aumento de renta a las viudas del sistema antiguo de senasir amparados al manual del sistema de reparto de sanir donde indica que las viudas que quedamos con hijos no tenemos derecho al aumento. Esto no es discriminar por el hecho de tener hijos e ir contra la ley 045?
ResponderEliminarEstimado visitante:
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